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HERENCIAS Y TESTAMENTOS

Asesoramiento, planificación, derechos y reclamaciones.

Herencias y Testamentos

Al perder un familiar se abren muchas preguntas y cuestiones relacionadas con las gestiones y los trámites a realizar para heredar o ejecutar un testamento.

La presencia de un abogado experto en este campo será recomendable para poder realizar todas las acciones legales necesarias. Además, nuestra larga experiencia nos avala en la resolución de herencias tanto sencillas como complejas y litigiosas.

En resumen, nuestro objetivo es evitar las preocupaciones que ocasionan estas situaciones y hacer el proceso mucho más fácil.

Tu legado en buenas manos: Expertos en testamentos y herencias, para proteger tus deseos.

 

Preguntas frecuentes

 

Diferencia entre testamento y herencia

Aunque suelen ir de la mano, ciertamente no son lo mismo y se presta a confusiones.

  1. El testamento  es el documento por el que una persona indica su voluntad respecto a cómo quiere que se repartan los bienes y dinero que tenga tras su muerte.
  2. La herencia es el acto por el que se reparten los bienes.

Es conveniente contar con un abogado experto en herencias y testamentos.

 

Trámites de la herencia

El primero de los trámites de la herencia es tener el  Certificado Literal de Fallecimiento . De hecho, el fallecimiento se inscribe en el Registro Civil correspondiente al  lugar donde ocurrió.

Es muy importante comprobar si las datos están bien. Fundamentalmente:

  • Identificación:  número y cogidos completos, y número correcto de DNI
  • El último domicilio:  esto indicará dónde debe liquidarse el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, además de unos de los lugares donde se podrá abrir el acta de declaración de herederos.
  • Estado Civil : soltero, casado o viudo.

En los casos de defunción fuera de un hospital, como en caso en accidente, o en el domicilio, en un establecimiento comercial o laboral o en la vía pública, se inicia un procedimiento judicial para esclarecer los hechos.
Esto es importante para solicitar la autopsia. Necesario para el cobro de seguros de vida.

 

¿Dónde puedo encontrar el testamento y el certificado de últimas voluntades?

El certificado de últimas voluntades es el documento que acredita si una persona ha otorgado testamento/sy ante qué notario/s. De esta forma, los herederos podrán dirigirse al Notario que autorizó el último testamento y obtener una copia (autorizada) del mismo. Este documento se precisa para la realización de cualquier acto sucesorio.

En el caso de que el testamento sea antiguo o el Notario ya no ejerza, deberá solicitarlo en el Colegio de Notarios.

El Certificado de Últimas Voluntadas es emitido por el Ministerio de Justicia y su emisión está sujeta al pago de una tasa aprobada por el propio Ministerio. 

Trascurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento, se puede solicitar el certificado.

 

¿Qué sucede si no existe un testamento?

Aunque no exista testamento, los herederos sean teniendo derecho a recibir los bienes de la herencia. En este caso debe abrirse la denominada sucesión intestada.

Acudir a un Notario, con el libro de familia, el certificado de fallecimiento y el de Últimas Voluntadas y un par de testimonios.

Tras 20 días hábiles, son declarados herederos los determinados por la Ley.

En Cataluña el orden para suceder es el siguiente:

– Hijos y descendientes.
– Cónyuge viudo o conviviente en unión estable de pareja superviviente.
– Padres y ascendientes.
– Hermanos e hijos de hermanos(sobrinos).
– Resto de parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad (delgados carnales).
– La Generalidad de Cataluña.

 

¿Qué impuestos hay que pagar?

Principalmente, debe pagarse el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que varía mucho según cada caso.

Y el Impuesto de Plusvalía Municipal (IIVTNU), el gran desconocido, ya veces caro, y que actualmente está parcialmente declarado inconstitucional.

 

¿Qué ocurre si existen deudas?

Los deudos pasan a formar parte de esa herencia. Conviene indagar antes de aceptar una herencia, y en caso de duda aceptarla “a beneficio de inventario”.

Existen dos formas de evitar asumir los deudos de una herencia: Renunciar a la herencia o pagar los deudos con el patrimonio del difunto.

Un experto en la materia le asesorará, según su situación, la opción más beneficiosa para sus intereses.

 

 

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